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Términos y condiciones generales para la solicitud y otorgamiento de Préstamos digitales - Billetera Coppel


1. Definiciones A los efectos de los presentes Términos y Condiciones (en adelante, los “TT.CC.”), se entenderá por:

COPPEL: Coppel S.A., CUIT 30-71041150-2, con domicilio legal en Santiago del Estero 1571, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, en su carácter de entidad otorgante del préstamo y administradora de la Billetera.

CLIENTE: La persona humana mayor de edad, con plena capacidad legal, debidamente registrada como usuaria de la Billetera, titular de una Cuenta Digital con CVU única, que solicita y acepta un préstamo en su propio nombre.

Billetera: La aplicación digital de COPPEL que permite la gestión de la Cuenta Digital, préstamos, pagos y demás servicios financieros y comerciales habilitados.

Cuenta Digital: la cuenta de pago virtual individual, identificada por una Clave Virtual Uniforme (CVU) única e irrepetible, asignada al CLIENTE en la Billetera, de carácter personal e intransferible, donde se acreditarán los préstamos otorgados y desde la cual se realizarán los débitos correspondientes al pago de cuotas y demás operaciones habilitadas.

Préstamo: El monto de dinero otorgado por COPPEL al CLIENTE bajo las condiciones previstas en estos TT.CC. y en la Oferta Particular. Oferta Particular: el documento digital individualizado que contiene las condiciones específicas del préstamo solicitado, incluyendo monto, plazo, tasa de interés, CFTEA, comisiones y demás conceptos aplicables.

Firma Digital: La firma electrónica, digital o biométrica utilizada por el CLIENTE para la aceptación de los presentes TT.CC. y de la Oferta Particular, con plena validez y eficacia probatoria conforme Ley 25.506.

KYC /Conozca a su Cliente: El procedimiento de identificaciĂłn, validaciĂłn y actualizaciĂłn de datos que COPPEL debe realizar conforme normativa del BCRA y UIF.


2. Objeto y Alcance Los presentes TT.CC. regulan las condiciones generales aplicables a los préstamos solicitados y otorgados por COPPEL a través de la Billetera. Cada CLIENTE tendrá asignada una Cuenta Digital con CVU única, personal e intransferible, en la cual se acreditarán los préstamos otorgados y desde la cual se realizarán los débitos para su repago. La aceptación digital de estos TT.CC. implica consentimiento expreso del CLIENTE y equivale a la firma ológrafa, con plena validez y eficacia probatoria.


3. Oferta Particular Cada préstamo estará sujeto a una Oferta Particular que contendrá, como mínimo: importe, plazo y cantidad de cuotas, TNA, TEA, CFTEA, cargos, comisiones, gastos e impuestos aplicables. La aceptación digital de la Oferta Particular y de estos TT.CC. implica el consentimiento expreso y suficiente del CLIENTE.


4. Acreditación del Préstamo Si la solicitud es aprobada, el importe será acreditado exclusivamente en la Cuenta Digital del CLIENTE. El préstamo se considerará otorgado en la fecha de acreditación de los fondos.


5. Información Previa a la Contratación Previo a confirmar la solicitud, la Billetera mostrará en pantalla los datos principales del préstamo (monto, tasas, plazo, importe de cuotas y CFTEA).


6. Plazo El préstamo regirá desde la acreditación de los fondos en la Cuenta Digital y se mantendrá vigente hasta la cancelación total de capital, intereses y demás conceptos pactados.


7. Forma de Pago El Tomador deberá realizar el pago de las cuotas mensuales correspondientes al Capital e Intereses Compensatorios en pesos argentinos, conforme al cronograma entregado al momento de la contratación. Los pagos podrán efectuarse de las siguientes formas: En efectivo, en las Tiendas de Coppel habilitadas. A través de la Cuenta Digital de la Billetera Coppel. Por los demás canales de pago que Coppel ponga a disposición del CLIENTE e informe oportunamente. La existencia de saldos impagos en concepto de cuotas, Intereses Compensatorios y/o cualquier otro cargo devengado bajo el Préstamo se reflejará en el Estado de Cuenta del CLIENTE.


8. Cancelación Anticipada El CLIENTE podrá cancelar el préstamo total o parcialmente en cualquier momento, sin cargos adicionales, abonando únicamente los intereses y demás conceptos devengados hasta la fecha de cancelación.


9. Mora e Intereses Punitorios La mora se producirá automáticamente, sin necesidad de interpelación previa, si el CLIENTE no abona cualquiera de las cuotas previstas en el Cronograma en la fecha de vencimiento correspondiente. En tal caso, además de los Intereses Compensatorios, el CLIENTE deberá abonar a Coppel intereses moratorios calculados a una tasa equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la tasa efectiva mensual aplicable al Préstamo (los “Intereses Moratorios”). Dichos intereses se devengarán únicamente sobre el capital vencido e impago, desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago, sin capitalización. Coppel podrá capitalizar semestralmente los Intereses Compensatorios, conforme lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación. La mora se producirá automáticamente al vencimiento de una cuota impaga. Se aplicarán intereses moratorios calculados a una tasa máxima equivalente al doble de la TNA vigente. Los pagos parciales se imputarán: (i) cargos y comisiones, (ii) intereses punitorios y compensatorios, (iii) capital.


10. Eventos de Incumplimiento Son eventos de incumplimiento que habilitan a COPPEL a declarar el vencimiento anticipado y exigir el pago inmediato del préstamo: Falta de pago de una cuota en su vencimiento Solicitud de concurso preventivo o quiebra. Cierre de la Cuenta Digital con saldo pendiente. Provisión de datos falsos, incompletos o inexactos. Conductas fraudulentas o incumplimientos graves frente a COPPEL. Incumplimiento de obligaciones de estos TT.CC. o de la Oferta Particular.


11. Cumplimiento Regulatorio (UIF y KYC) La aprobación y vigencia del préstamo están sujetas al cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (Ley 25.246, resoluciones de la UIF y normativa BCRA). El CLIENTE se compromete a proporcionar información y documentación requerida en el marco del proceso de KYC. La omisión podrá derivar en el rechazo o cancelación del préstamo.


12. Saldo Deudor en Caso de Fallecimiento o Invalidez En caso de fallecimiento o invalidez total y permanente del CLIENTE, COPPEL asumirá el saldo deudor conforme normativa del BCRA, previa acreditación documental.


13. Nuevas Solicitudes EL CLIENTE podrá solicitar nuevos desembolsos aun teniendo un préstamo vigente, siempre que no registres incumplimientos y cumplas las condiciones crediticias de Coppel. No podrás utilizar ese desembolso para cancelar el préstamo. El nuevo desembolso se sumará al saldo existente y se recalcularán intereses y cuotas, conforme al nuevo cronograma informado.


14. Modificación de las Condiciones COPPEL podrá realizar modificaciones fundadas en los TT.CC.: Si implican nuevos cargos o comisiones, requerirán notificación previa de 60 días y aceptación expresa. Si son más beneficiosas para el CLIENTE, podrán aplicarse sin notificación previa.


15. Constancias Al confirmar el préstamo, el CLIENTE recibirá en formato digital el cronograma de cuotas y demás documentación vinculada.


16. Estados de Cuenta El CLIENTE recibirá mensualmente, y sin costo, su Estado de Cuenta en el medio que determine Coppel, el cual podrá consistir en SMS, correo electrónico, entrega física por cobranza o su visualización en la pagina web de Coppel, previa registración del Cliente. La falta de recepción del Estado de Cuenta, por cualquiera de dichos medios, no lo exime en ningún caso de su obligación de abonar las cuotas y demás conceptos que resulten exigibles conforme al Cronograma y a las presentes Condiciones.


17. Información de Costos y TasasEl CLIENTE podrá consultar en todo momento el Régimen de Transparencia del BCRA en www.bcra.gob.ar y en la web de Coppel.


18. Reclamos y Atención al Cliente El CLIENTE podrá realizar reclamos llamando al 0800-12-267735 o por los canales digitales habilitados por COPPEL.


19. Datos Personales Los datos del CLIENTE serán tratados conforme a la Ley 25.326, con fines de evaluación, otorgamiento y administración del préstamo, cumplimiento normativo, prevención de fraudes y, en caso de consentimiento expreso, marketing. El CLIENTE autoriza la cesión de créditos y la transferencia internacional de datos personales a servidores en México. El CLIENTE podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión mediante correo a legales@coppel.com.ar o ante la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).


20. Responsabilidad Tecnológica COPPEL no será responsable por fallas técnicas de internet, interrupciones del servicio, fraudes de terceros (phishing) o accesos indebidos por negligencia del CLIENTE en el resguardo de sus credenciales.


21. Firma Digital El CLIENTE reconoce que la aceptación mediante firma electrónica, digital o biométrica tiene plena validez jurídica y eficacia probatoria, equivalente a la firma ológrafa, renunciando a desconocer su autoría.


22. Impuestos Todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el préstamo estarán a cargo del CLIENTE, salvo el impuesto de sellos, que será soportado por mitades entre COPPEL y el CLIENTE.


23. Jurisdicción y Ley Aplicable Los TT.CC. se regirán por las leyes de la República Argentina. Las partes acuerdan someterse a la jurisdicción de los tribunales nacionales en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


24. Derecho de Arrepentimiento De conformidad con lo previsto en la Ley N.º 24.240 de Defensa del Consumidor y la Disposición N.º 954/2025 de la Secretaría de Comercio, el CLIENTE podrá revocar su aceptación dentro de los DIEZ (10) días corridos contados a partir de la fecha de celebración del contrato o de la acreditación de los fondos, lo que ocurra en último término, siempre que los fondos no hayan sido utilizados. Para ejercer este derecho, el CLIENTE deberá ingresar al “Botón de Arrepentimiento”, disponible en la aplicación En tal supuesto, el CLIENTE deberá reintegrar el capital recibido junto con los intereses compensatorios devengados hasta la fecha de la devolución, sin penalidad alguna. La efectiva devolución y cancelación quedará sujeta a la validación de los movimientos de fondos por parte de Coppel, quien informará al CLIENTE el resultado de dicha validación dentro de los plazos contractuales correspondientes.