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Bases y condiciones | Sorteo DĂ­a de la Madre


1. Coppel: El presente Sorteo denominado “Sorteo Día de la Madre” (en adelante, el “Sorteo”) es organizado por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8 Of. “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, “Coppel”) y se rige por las bases y condiciones que se desarrollarán a continuación (en adelante, las “Bases”).



2. Participantes y Territorio:Podrán participar del Sorteo todas las personas físicas mayores de dieciocho (18) años (en adelante, el “Participante”) residentes en el territorio de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Territorio”). No podrán participar de este Sorteo los empleados ni personal directivo de Coppel y/o de sus empresas relacionadas, vinculadas, controlantes, controladas o sujetas a control común con Coppel, las empresas contratadas por Coppel para prestar colaboración o servicios relacionados con el sorteo, sus empresas relacionadas, vinculadas, controladas o sujetas a control común con éstas, ni familiares de todos los anteriores hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


3. Período de Participación: El Sorteo estará vigente desde el día 28 de septiembre de 2026 hasta el día 12 de octubre de 2026 inclusive (en adelante, el “Período de Participación”).


4. Requisitos para participar del Sorteo: Para participar, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser persona fĂ­sica mayor de 18 años y residente en la Ciudad AutĂłnoma de Buenos Aires o en la Provincia de Buenos Aires.
  • Realizar una compra por un monto mĂ­nimo de $150.000 ARS durante el PerĂ­odo de ParticipaciĂłn.
  • Las compras no son acumulables; al realizar una (1) compra por el monto mĂ­nimo, el cliente ya está participando.
  • Clientes de Contado / Tarjetas bancarias: Participarán Ăşnicamente quienes realicen compras a travĂ©s de la página web de Coppel (https://www.coppel.com.ar).
  • Clientes de CrĂ©dito Coppel: Participarán quienes realicen compras tanto en tiendas fĂ­sicas como a travĂ©s de la página web.

5. Mecánica de selección de los ganadores:La selección se realizará el martes 13 de octubre de 2026 mediante un sorteo aleatorio. El proceso será registrado para fines de control y transparencia. El proceso y publicación del ganador se hará conforme se detalla en el punto 9 de estas bases y condiciones. Si un ganador no responde o no reclama el premio dentro del plazo estipulado, se sorteará nuevamente. Coppel podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables a Coppel o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, Coppel podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.


6. Premio: Se establecen un total de cuatro (4) ganadores, divididos de la siguiente manera según el método de compra:

  • Premio para clientes de Contado / Tarjetas bancarias: Dos (2) ganadores. Cada uno recibirá un (1) producto de la marca Revlon o Remington.
  • Premio para clientes de CrĂ©dito:Dos (2) ganadores. Cada uno recibirá un (1) producto de la marca Atma.

7. Alcance del Premio:Los Participantes que resulten ganadores del sorteo no podrán exigir en ningún caso el canje del Premio por dinero en efectivo. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio que no se encuentre expresamente enumerado en estas Bases.


8. Probabilidad matemática: La probabilidad matemática de resultar ganador del Sorteo dependerá de la cantidad total de personas que participen, teniendo cada Participante una posibilidad sobre la cantidad total de Participantes. Es decir, si participarán 100 personas la probabilidad matemática de resultar ganador del Sorteo sería de 1 sobre 100.


9. Comunicación y entrega del Premio:La comunicación oficial de los ganadores se realizará el martes 13 de octubre de 2026. Se contactará al ganador dentro de las 24 horas posteriores al sorteo (mediante WhatsApp o Email), y también se publicará en la cuenta de Instagram “@coppelarg” u otros medios definidos. El ganador tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder y reclamar su premio. Si el ganador no responde en ese plazo, perderá su derecho al premio de forma automática y se procederá a sortearlo nuevamente. A fin de gestionar la entrega, los potenciales ganadores deberán remitir la información solicitada por Coppel: (i) nombre y apellido; (ii) DNI; y (iii) domicilio o sucursal de retiro elegida. Logística y entrega: El ganador podrá retirar su premio en la tienda Coppel más cercana. En caso de requerir que el premio sea enviado a su domicilio, los costos de envío y logística estarán a cargo exclusivo del ganador. La fecha límite estipulada para la entrega de los premios es el sábado 17 de octubre de 2026. Para recibir el premio, el ganador deberá: (i) acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI; (ii) firmar el recibo de entrega y la constancia de aceptación de las presentes Bases; y (iii) responder correctamente al menos dos (2) de tres (3) preguntas de cultura general que le formulará el personal de Coppel al momento de la entrega. La correcta respuesta a las preguntas mencionadas será condición excluyente para la adjudicación del Premio. Los Premios que no sean adjudicados por falta de respuesta, incumplimiento de los requisitos o no retiro dentro del plazo previsto quedarán vacantes y Coppel podrá disponer de ellos libremente. Cualquier gasto adicional que se derive de la obtención y/o utilización del Premio no será asumido por Coppel y será responsabilidad de los ganadores. La titularidad del Premio no puede cederse. Coppel no ofrece garantía adicional que la brindada por los fabricantes y/o importadores. Coppel no será responsable por daños o perjuicios que pudiesen sufrir los ganadores con motivo y/u ocasión de la participación en el Sorteo y/o del uso del Premio.


10. Imprevistos: Cuando circunstancias no imputables a Coppel o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, Coppel podrá suspender, cancelar o modificar el Sorteo, siendo tales circunstancias debidamente comunicadas al Participante.


11. Tratamiento de datos personales: La participación en la Promoción importará la expresa autorización por parte de los Participantes al Coppel para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes, voz y datos personales de los Participantes en general y de los Ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra), con cualquier finalidad, durante el Plazo de Vigencia y hasta tres (3) años después, sin que los Participantes tengan derecho a reclamo de indemnización. A requerimiento de Coppel, los Potenciales Ganadores deberán firmar los instrumentos que se requieran. El registro implica el consentimiento previsto en la Ley 25.326. La provisión de los datos es voluntaria pero es condición previa para participar; los Participantes serán responsables de toda la información enviada. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita, ingresando a Coppel.com.ar. La Agencia de Acceso a la Información Pública tiene la atribución de atender las denuncias por incumplimiento en materia de protección de datos personales.


12. Consentimiento: La participación en el Sorteo implica la aceptación de estas Bases y cualquier modificación sobre ellas que sea comunicada, así como de las decisiones que adopte Coppel sobre cualquier cuestión no prevista aquí, siempre que se ajusten al régimen legal vigente.


13. Difusión: Las presentes Bases podrán consultarse del 28 de septiembre al 18 de octubre de 2026 en https://www.coppel.com.ar/bases-y-condiciones-sorteos/


14. Ley aplicable: Cualquier controversia relacionada con este Sorteo será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero. Será aplicable la ley de la República Argentina.


15. Misceláneas: La red social Instagram u otras plataformas como “Appsorteos” no tienen intervención ni responsabilidad alguna en la organización de la Promoción, debiendo los Potenciales Ganadores reclamar la entrega de los Premios exclusivamente a Coppel.