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Sorteo Mundial – Clientes Crédito Coppel 2do


1. Organizador: La presente acción promocional denominada “Sorteo Mundial – Clientes Crédito Coppel” (en adelante, el “Sorteo”) es organizada por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8, Of. “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).


2. Participantes y Territorio: Podrán participar exclusivamente personas humanas que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos: ● Ser mayores de dieciocho (18) años; ● Residir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gran Buenos Aires y Junín, en zonas donde el Crédito Coppel se encuentre operativo; ● Ser clientes activos de Crédito Coppel al momento de la participación. No podrán participar empleados, directivos ni colaboradores del Organizador ni de sus empresas vinculadas, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


3. Vigencia: El Sorteo estará vigente desde el día 20 de marzo de 2026 a las 00:00 horas hasta el día 11 de junio de 2026 a las 23:59 horas, inclusive (en adelante, el “Período de Vigencia”).


4. Mecánica: Durante el Período de Vigencia participarán automáticamente del Sorteo aquellos clientes que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases y que realicen, dentro de dicho período, al menos una (1) compra utilizando el Crédito Coppel como medio de pago. Asimismo, y sin obligación de compra, también podrán participar aquellos clientes que cumplan con los requisitos indicados en la cláusula 2 mediante el mecanismo alternativo previsto en estas Bases. A los fines del presente Sorteo, el Período de Vigencia se dividirá en semanas consecutivas, generándose un universo independiente de participantes por cada semana. El Organizador realizará un (1) sorteo semanal de carácter aleatorio mediante la plataforma “App Sorteos”, seleccionando un (1) potencial ganador por cada período semanal. La selección de los potenciales ganadores quedará sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en estas Bases.


5. Participación sin obligación de compra: La participación en el presente Sorteo no implica obligación de compra. Aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 2 y deseen participar sin realizar una compra podrán hacerlo enviando, durante el Período de Vigencia, un correo electrónico a atencionarg@coppel.com con el asunto: “Quiero participar – Sorteo Mundial Crédito Coppel”, indicando nombre completo, DNI, domicilio y numero de Cliente Coppel (si lo sabe). Las solicitudes recibidas conforme lo indicado serán incorporadas al universo semanal correspondiente, en igualdad de condiciones que quienes participen mediante la compra válida. En todos los casos, la participación estará limitada exclusivamente a clientes de Crédito Coppel.


6. PREMIOS: El Sorteo otorgará un total de doce (12) premios, consistentes en un (1) Smart Led TV marca Oyility, modelo 49D19A, de 49 pulgadas, resolución 4K (en adelante, el “Premio”), por cada semana comprendida dentro del Período de Vigencia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de falta de disponibilidad de stock, el Organizador podrá sustituir el Premio por otro de similares características y prestaciones, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los participantes. Los premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo ni por otros bienes o servicios, ni serán transferibles a terceros bajo ningún concepto.


7. ADJUDICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO: Los potenciales ganadores serán contactados por el Organizador al número telefónico registrado en su perfil de cliente. Si el potencial ganador no respondiera dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde el primer intento de contacto, perderá automáticamente el derecho al premio, procediéndose a seleccionar un nuevo potencial ganador dentro del mismo período semanal. Para acceder al premio, el potencial ganador deberá: ● Acreditar su identidad mediante DNI; ● Cumplir con los requisitos de participación; ● Responder correctamente al menos dos (2) de tres (3) preguntas de cultura general. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos implicará la pérdida del derecho al premio. Los premios que no resulten adjudicados quedarán en poder del Organizador, sin derecho a reclamo alguno.


8. GASTOS E IMPUESTOS: Todo gasto derivado de la aceptación o retiro del premio, así como cualquier impuesto, tasa o contribución que pudiera corresponder, será asumido exclusivamente por el ganador. En caso de corresponder el impuesto previsto en el artículo 100 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (RG AFIP 1534/2003), el mismo estará a cargo del ganador, salvo que el Organizador decida asumirlo.


9.DATOS PERSONALES: La participación implicará el consentimiento expreso para el tratamiento de datos personales conforme la Ley N.º 25.326. Los participantes autorizan al Organizador a difundir su nombre, imagen, voz y/o fotografías en caso de resultar ganadores, en cualquier medio y formato, con fines promocionales relacionados con el Sorteo, durante la vigencia y hasta tres (3) años posteriores, sin derecho a compensación adicional. El titular podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión conforme normativa vigente. La Agencia de Acceso a la Información Pública es el órgano de control de la Ley N.º 25.326.

10. MODIFICACIONES: El Organizador podrá modificar, suspender o cancelar la promoción por caso fortuito o fuerza mayor, sin derecho a reclamo por parte de los participantes.


11. ACEPTACIÓN: La participación implica el conocimiento y aceptación total de las presentes Bases.


12. DIFUSIÓN: Las Bases estarán disponibles en www.coppel.com.ar durante la vigencia del Sorteo.


12. JURISDICCIÓN: La promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia será sometida a los tribunales ordinarios competentes.




Sorteo Mundial – Clientes Crédito Coppel


1. Organizador: La presente acción promocional denominada “Sorteo Mundial – Clientes Crédito Coppel” (en adelante, el “Sorteo”) es organizada por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8, Of. “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).


2. Participantes y Territorio: Podrán participar exclusivamente personas humanas que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos: ser mayores de dieciocho (18) años; residir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las localidades del Gran Buenos Aires y Junín -únicamente- donde el Crédito Coppel se encuentre operativo; haber cancelado en su totalidad el saldo de su Crédito Coppel con anterioridad al inicio del Período de Vigencia; y realizar, durante el Período de Vigencia, una compra utilizando el Crédito Coppel como medio de pago conforme las condiciones habituales de otorgamiento y uso del mismo. No podrán participar empleados, directivos ni colaboradores del Organizador ni de sus empresas vinculadas, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


2.b. Participación sin obligación de compra: La participación en el presente Sorteo no implica obligación de compra. Aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 2 y deseen participar sin realizar una compra podrán hacerlo enviando, durante el Período de Vigencia, un correo electrónico a atencionarg@coppel.com con el asunto “Quiero participar – Sorteo Mundial Crédito Coppel”, indicando nombre completo, DNI y domicilio. Las solicitudes recibidas conforme lo indicado serán incorporadas al universo semanal correspondiente, en igualdad de condiciones que quienes participen mediante la compra válida.


3. Vigencia: El Sorteo estará vigente desde el día 18 de febrero de 2026 a las 00:00 horas hasta el día 18 de marzo de 2026 a las 23:59 horas, inclusive (en adelante, el “Período de Vigencia”). A los fines de la participación, se considerarán válidas únicamente aquellas compras realizadas dentro de dicho período y que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Bases.


4. Mecánica: Durante el Período de Vigencia participarán automáticamente del Sorteo aquellos clientes que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Bases y que realicen, dentro de dicho período, al menos una (1) compra utilizando el Crédito Coppel como medio de pago. A los fines del presente Sorteo, el Período de Vigencia se dividirá en cuatro (4) semanas consecutivas. Cada semana generará un universo independiente de participantes conformado exclusivamente por aquellos clientes que hayan realizado la compra válida dentro de esa semana. Finalizado el Período de Vigencia, el Organizador realizará cuatro (4) sorteos de carácter aleatorio mediante la plataforma “App Sorteos”, uno por cada semana, seleccionando un (1) potencial ganador por semana entre los participantes correspondientes a cada período semanal. La selección de los potenciales ganadores quedará sujeta al cumplimiento de las condiciones adicionales previstas en estas Bases para la adjudicación del premio.


5. Premios: El Sorteo otorgará un total de cuatro (4) premios, consistentes en una (1) televisión Smart Led de 49 pulgadas de la marca Oyility por cada una de las cuatro (4) semanas comprendidas dentro del Período de Vigencia. La marca, modelo y características técnicas de cada televisor serán determinadas por el Organizador conforme disponibilidad de stock al momento de la adjudicación, no pudiendo los ganadores efectuar reclamo alguno en relación con tales especificaciones siempre que se trate de productos de similares características y prestaciones. Los premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo ni por otros bienes o servicios, ni serán transferibles a terceros bajo ningún concepto.


6. ENTREGA DEL PREMIO Y ADJUDICACIÓN DEL PREMIO: Los potenciales ganadores seleccionados en cada uno de los sorteos serán contactados por el Organizador al número telefónico registrado en su perfil de cliente, a fin de informarles su condición de tales y coordinar la entrega del premio. Si el potencial ganador no respondiera dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde el primer intento de contacto, perderá automáticamente el derecho al premio, procediéndose a seleccionar un nuevo potencial ganador dentro del mismo universo semanal correspondiente. Para acceder efectivamente al premio, el potencial ganador deberá: acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI; haber realizado una compra válida conforme las presentes Bases; y responder correctamente al menos dos (2) de tres (3) preguntas de cultura general que le serán formuladas por personal del Organizador al momento de la adjudicación. La correcta respuesta a dichas preguntas constituirá condición excluyente para la adjudicación definitiva del premio. En caso de no cumplir con este requisito, se procederá a seleccionar un nuevo potencial ganador dentro del mismo período semanal. Los premios que, por cualquier causa, no resulten adjudicados conforme lo previsto precedentemente quedarán en poder del Organizador, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los participantes.


7. Gastos e impuestos: Cualquier gasto derivado de la aceptación o retiro del premio, así como todo impuesto, tasa o contribución que pudiera corresponder (nacional, provincial o municipal), será asumido exclusivamente por el ganador. En caso de corresponder el pago del impuesto previsto en el artículo 100 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, conforme Resolución General AFIP N.º 1534/2003 o la que la sustituya, el mismo será, en principio, a cargo del ganador. No obstante, el Organizador podrá asumirlo, a su exclusivo criterio.


8. Datos personales: La participación en la Promoción implicará el consentimiento expreso del Participante para que el Organizador trate sus datos personales de conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 25.326 y normas complementarias, con la finalidad de gestionar su participación en el Sorteo y eventuales acciones promocionales vinculadas a la marca Coppel. Asimismo, los Participantes autorizan al Organizador a difundir y/o publicar su nombre, imagen, voz y/o fotografías en caso de resultar ganadores, en cualquier medio de comunicación y formato, con fines promocionales o publicitarios relacionados con la presente acción, durante el Período de Vigencia y hasta tres (3) años posteriores a su finalización, sin que ello genere derecho a compensación adicional alguna. La provisión de los datos personales es voluntaria, pero constituye condición necesaria para participar en el Sorteo. Los Participantes garantizan la veracidad de la información suministrada. El titular de los datos personales podrá ejercer en forma gratuita los derechos de acceso, rectificación y supresión conforme lo previsto en los artículos 14 y concordantes de la Ley N.º 25.326, mediante los canales habilitados en www.coppel.com.ar La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de órgano de control de la Ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales.


9. Modificaciones e imprevistos: Cuando circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito lo justifiquen, el Organizador podrá modificar, suspender o cancelar la promoción sin derecho a reclamo por parte de los participantes. Cualquier modificación será comunicada por los mismos medios de difusión utilizados para dar a conocer las presentes Bases, sin alterar la esencia de la Promoción.

10. AceptaciĂłn bases: La participaciĂłn en este Sorteo implica el conocimiento y aceptaciĂłn total de estas Bases, asĂ­ como de las decisiones que adopte el Organizador en todo aquello no previsto, siempre que se ajusten a la normativa vigente.


11. Difusión: Estas Bases estarán disponibles durante el Período de Vigencia en el sitio web oficial del Organizador www.coppel.com.ar, garantizando su adecuada publicidad y acceso por parte de los participantes.


12. jurisdicción y ley aplicable: La presente acción promocional se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera suscitarse con motivo de la presente promoción será sometida a los tribunales ordinarios competentes, conforme la normativa aplicable.




Sorteo Vuelta al Cole – Clientes Crédito Coppel


1. Organizador: La presente acción promocional denominada “Sorteo Vuelta al Cole– Clientes Crédito Coppel” (en adelante, el “Sorteo”) es organizada por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8, Of. “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).


2. Participantes y Territorio: Podrán participar exclusivamente personas humanas que cumplan con los siguientes requisitos: Sean mayores de 18 años; Residan en la República Argentina; Sean titulares de compras realizadas durante el mes de febrero del 2026; nunca hayan utilizado su tarjeta antes del inicio de la promoción; Realicen una compra utilizando Crédito Coppel como medio de pago; Reciban una comunicación directa de Coppel vía WhatsApp y participen conforme a estas Bases. No podrán participar empleados, directivos, ni colaboradores del Organizador ni de sus empresas vinculadas, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


3. Vigencia: El Sorteo estará vigente desde el día 4 de febrero de 2026 hasta el 28 de febrero de 2026, inclusive (en adelante, el “Período de Vigencia”). El sorteo se realizará de forma semanal , y los ganadores serán publicados en el sitio oficial del Organizador: www.coppel.com.ar


4. Mecánica: Durante el Período de Vigencia, el Organizador enviará comunicaciones promocionales vía WhatsApp a una base de clientes. Los clientes que, durante dicho período, realicen una compra con Crédito Coppel participarán del sorteo. Finalizado el período, se consolidará el listado de participantes válidos y se realizará un sorteo aleatorio mediante la plataforma App Sorteos, en el cual se seleccionarán ganadores.


5. Premios: ELos premios consisten en 10 celulares por semana. La marca, modelo y características técnicas serán determinadas por el Organizador según disponibilidad de stock. Los premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo ni por otro bien o servicio, ni serán transferibles.


6. ENTREGA DEL PREMIO Y ADJUDICACIÓN DEL PREMIO: Los ganadores serán contactados por el Organizador mediante WhatsApp, al número registrado en su perfil de cliente, para informarles que han sido seleccionados y coordinar la entrega del premio. Si el ganador no responde en un plazo de 3 días hábiles, perderá automáticamente el derecho al premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Para poder acceder efectivamente al premio, el ganador deberá: -Acreditar su identidad con su DNI, -Haber realizado la compra válida con Crédito Coppel, y -Responder correctamente al menos dos (2) de tres (3) preguntas de cultura general que le serán formuladas por personal del Organizador al momento de pactar la entrega. La correcta respuesta a al menos dos preguntas será condición excluyente para la adjudicación del premio. En caso de no cumplir con este requisito, el participante perderá el derecho al premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Los premios no adjudicados por falta de respuesta, incumplimiento de requisitos o no retiro en el plazo indicado quedarán vacantes. El Organizador podrá disponer libremente de los mismos, sin obligación de realizar una nueva asignación ni de entregarlos a ningún ente oficial, dado que se trata de una acción promocional con fines comerciales dirigida a clientes determinados, sin que medie un mecanismo de azar puro.


7. Gastos e impuestos: Cualquier gasto derivado de la aceptación o retiro del premio, así como todo impuesto, tasa o contribución que pudiera corresponder (nacional, provincial o municipal), será asumido exclusivamente por el ganador. En caso de corresponder el pago del impuesto previsto en el artículo 100 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, conforme Resolución General AFIP N.º 1534/2003 o la que la sustituya, el mismo será, en principio, a cargo del ganador. No obstante, el Organizador podrá asumirlo, a su exclusivo criterio.


8. Datos personales: Los datos personales brindados serán tratados de conformidad con la Ley N.º 25.326 de Protección de Datos Personales. Los participantes autorizan expresamente al Organizador a utilizar sus datos, imagen, voz o nombre con fines promocionales o publicitarios relacionados con esta promoción, por cualquier medio y por un plazo de hasta tres (3) años posteriores a su finalización, sin derecho a compensación alguna.


9. Modificaciones e imprevistos: Cuando circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito lo justifiquen, el Organizador podrá modificar, suspender o cancelar la promoción sin derecho a reclamo por parte de los participantes. Cualquier modificación será comunicada por los mismos medios de difusión utilizados para dar a conocer las presentes Bases, sin alterar la esencia de la Promoción.

10. AceptaciĂłn bases: La participaciĂłn en este Sorteo implica el conocimiento y aceptaciĂłn total de estas Bases, asĂ­ como de las decisiones que adopte el Organizador en todo aquello no previsto, siempre que se ajusten a la normativa vigente.


11. Difución: Estas Bases estarán disponibles durante el Período de Vigencia en el sitio web oficial del Organizador www.coppel.com.ar, garantizando su adecuada publicidad y acceso por parte de los participantes.


12. jurisdicción y ley aplicable: Cualquier controversia relacionada con este Sorteo será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero. Será aplicable la ley de la República Argentina.