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Sorteo Mundial – Clientes Crédito Coppel


1. Organizador: La presente acción promocional denominada “Sorteo Mundial – Clientes Crédito Coppel” (en adelante, el “Sorteo”) es organizada por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8, Of. “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).


2. Participantes y Territorio: Podrán participar exclusivamente personas humanas que cumplan con los siguientes requisitos: Sean mayores de 18 años; Residan en la República Argentina; Sean titulares de compras realizadas del 20 de febrero del 2026 al 20 de marzo del 2026; hayan saldado el total del abono de su Crédito Coppel antes del inicio de la promoción; Realicen una compra utilizando Crédito Coppel como medio de pago; Reciban una comunicación directa de Coppel vía WhatsApp y participen conforme a estas Bases. No podrán participar empleados, directivos, ni colaboradores del Organizador ni de sus empresas vinculadas, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


3. Vigencia: El Sorteo estará vigente desde el día 20 de febrero de 2026 hasta el 20 de marzo de 2026, inclusive (en adelante, el “Período de Vigencia”). El sorteo se realizará de forma semanal , y los ganadores serán publicados en el sitio oficial del Organizador: www.coppel.com.ar


4. Mecánica: Durante el Período de Vigencia, el Organizador enviará comunicaciones promocionales vía WhatsApp a una base de clientes. Los clientes que, durante dicho período, realicen una compra con Crédito Coppel participarán del sorteo. Finalizado el período, se consolidará el listado de participantes válidos y se realizará un sorteo aleatorio mediante la plataforma App Sorteos, en el cual se seleccionarán ganadores.


5. Premios: Los premios consisten en una TV 49” por semana. La marca, modelo y características técnicas serán determinadas por el Organizador según disponibilidad de stock. Los premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo ni por otro bien o servicio, ni serán transferibles.


6. ENTREGA DEL PREMIO Y ADJUDICACIÓN DEL PREMIO: Los ganadores serán contactados por el Organizador mediante WhatsApp, al número registrado en su perfil de cliente, para informarles que han sido seleccionados y coordinar la entrega del premio. Si el ganador no responde en un plazo de 3 días hábiles, perderá automáticamente el derecho al premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Para poder acceder efectivamente al premio, el ganador deberá: -Acreditar su identidad con su DNI, -Haber realizado la compra válida con Crédito Coppel, y -Responder correctamente al menos dos (2) de tres (3) preguntas de cultura general que le serán formuladas por personal del Organizador al momento de pactar la entrega. La correcta respuesta a al menos dos preguntas será condición excluyente para la adjudicación del premio. En caso de no cumplir con este requisito, el participante perderá el derecho al premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Los premios no adjudicados por falta de respuesta, incumplimiento de requisitos o no retiro en el plazo indicado quedarán vacantes. El Organizador podrá disponer libremente de los mismos, sin obligación de realizar una nueva asignación ni de entregarlos a ningún ente oficial, dado que se trata de una acción promocional con fines comerciales dirigida a clientes determinados, sin que medie un mecanismo de azar puro.


7. Gastos e impuestos: Cualquier gasto derivado de la aceptación o retiro del premio, así como todo impuesto, tasa o contribución que pudiera corresponder (nacional, provincial o municipal), será asumido exclusivamente por el ganador. En caso de corresponder el pago del impuesto previsto en el artículo 100 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, conforme Resolución General AFIP N.º 1534/2003 o la que la sustituya, el mismo será, en principio, a cargo del ganador. No obstante, el Organizador podrá asumirlo, a su exclusivo criterio.


8. Datos personales: Los datos personales brindados serán tratados de conformidad con la Ley N.º 25.326 de Protección de Datos Personales. Los participantes autorizan expresamente al Organizador a utilizar sus datos, imagen, voz o nombre con fines promocionales o publicitarios relacionados con esta promoción, por cualquier medio y por un plazo de hasta tres (3) años posteriores a su finalización, sin derecho a compensación alguna.


9. Modificaciones e imprevistos: Cuando circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito lo justifiquen, el Organizador podrá modificar, suspender o cancelar la promoción sin derecho a reclamo por parte de los participantes. Cualquier modificación será comunicada por los mismos medios de difusión utilizados para dar a conocer las presentes Bases, sin alterar la esencia de la Promoción.

10. AceptaciĂłn bases: La participaciĂłn en este Sorteo implica el conocimiento y aceptaciĂłn total de estas Bases, asĂ­ como de las decisiones que adopte el Organizador en todo aquello no previsto, siempre que se ajusten a la normativa vigente.


11. Difusión: Estas Bases estarán disponibles durante el Período de Vigencia en el sitio web oficial del Organizador www.coppel.com.ar, garantizando su adecuada publicidad y acceso por parte de los participantes.


12. jurisdicción y ley aplicable: Cualquier controversia relacionada con este Sorteo será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero. Será aplicable la ley de la República Argentina.




Sorteo Vuelta al Cole – Clientes Crédito Coppel


1. Organizador: La presente acción promocional denominada “Sorteo Vuelta al Cole– Clientes Crédito Coppel” (en adelante, el “Sorteo”) es organizada por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8, Of. “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).


2. Participantes y Territorio: Podrán participar exclusivamente personas humanas que cumplan con los siguientes requisitos: Sean mayores de 18 años; Residan en la República Argentina; Sean titulares de compras realizadas durante el mes de febrero del 2026; nunca hayan utilizado su tarjeta antes del inicio de la promoción; Realicen una compra utilizando Crédito Coppel como medio de pago; Reciban una comunicación directa de Coppel vía WhatsApp y participen conforme a estas Bases. No podrán participar empleados, directivos, ni colaboradores del Organizador ni de sus empresas vinculadas, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


3. Vigencia: El Sorteo estará vigente desde el día 4 de febrero de 2026 hasta el 28 de febrero de 2026, inclusive (en adelante, el “Período de Vigencia”). El sorteo se realizará de forma semanal , y los ganadores serán publicados en el sitio oficial del Organizador: www.coppel.com.ar


4. Mecánica: Durante el Período de Vigencia, el Organizador enviará comunicaciones promocionales vía WhatsApp a una base de clientes. Los clientes que, durante dicho período, realicen una compra con Crédito Coppel participarán del sorteo. Finalizado el período, se consolidará el listado de participantes válidos y se realizará un sorteo aleatorio mediante la plataforma App Sorteos, en el cual se seleccionarán ganadores.


5. Premios: ELos premios consisten en 10 celulares por semana. La marca, modelo y características técnicas serán determinadas por el Organizador según disponibilidad de stock. Los premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo ni por otro bien o servicio, ni serán transferibles.


6. ENTREGA DEL PREMIO Y ADJUDICACIÓN DEL PREMIO: Los ganadores serán contactados por el Organizador mediante WhatsApp, al número registrado en su perfil de cliente, para informarles que han sido seleccionados y coordinar la entrega del premio. Si el ganador no responde en un plazo de 3 días hábiles, perderá automáticamente el derecho al premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Para poder acceder efectivamente al premio, el ganador deberá: -Acreditar su identidad con su DNI, -Haber realizado la compra válida con Crédito Coppel, y -Responder correctamente al menos dos (2) de tres (3) preguntas de cultura general que le serán formuladas por personal del Organizador al momento de pactar la entrega. La correcta respuesta a al menos dos preguntas será condición excluyente para la adjudicación del premio. En caso de no cumplir con este requisito, el participante perderá el derecho al premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Los premios no adjudicados por falta de respuesta, incumplimiento de requisitos o no retiro en el plazo indicado quedarán vacantes. El Organizador podrá disponer libremente de los mismos, sin obligación de realizar una nueva asignación ni de entregarlos a ningún ente oficial, dado que se trata de una acción promocional con fines comerciales dirigida a clientes determinados, sin que medie un mecanismo de azar puro.


7. Gastos e impuestos: Cualquier gasto derivado de la aceptación o retiro del premio, así como todo impuesto, tasa o contribución que pudiera corresponder (nacional, provincial o municipal), será asumido exclusivamente por el ganador. En caso de corresponder el pago del impuesto previsto en el artículo 100 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, conforme Resolución General AFIP N.º 1534/2003 o la que la sustituya, el mismo será, en principio, a cargo del ganador. No obstante, el Organizador podrá asumirlo, a su exclusivo criterio.


8. Datos personales: Los datos personales brindados serán tratados de conformidad con la Ley N.º 25.326 de Protección de Datos Personales. Los participantes autorizan expresamente al Organizador a utilizar sus datos, imagen, voz o nombre con fines promocionales o publicitarios relacionados con esta promoción, por cualquier medio y por un plazo de hasta tres (3) años posteriores a su finalización, sin derecho a compensación alguna.


9. Modificaciones e imprevistos: Cuando circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito lo justifiquen, el Organizador podrá modificar, suspender o cancelar la promoción sin derecho a reclamo por parte de los participantes. Cualquier modificación será comunicada por los mismos medios de difusión utilizados para dar a conocer las presentes Bases, sin alterar la esencia de la Promoción.

10. AceptaciĂłn bases: La participaciĂłn en este Sorteo implica el conocimiento y aceptaciĂłn total de estas Bases, asĂ­ como de las decisiones que adopte el Organizador en todo aquello no previsto, siempre que se ajusten a la normativa vigente.


11. Difución: Estas Bases estarán disponibles durante el Período de Vigencia en el sitio web oficial del Organizador www.coppel.com.ar, garantizando su adecuada publicidad y acceso por parte de los participantes.


12. jurisdicción y ley aplicable: Cualquier controversia relacionada con este Sorteo será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero. Será aplicable la ley de la República Argentina.