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Bases y condiciones

SORTEO ANIVERSARIO

1) Organizador:
El presente concurso denominado “Sorteo Aniversario” (en adelante, el “Concurso”) es organizado por COPPEL S.A., C.U.I.T. 30-71041150-2, con domicilio en Viamonte 1145, Piso 8 Of. “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, “Coppel”) y se rige por las bases y condiciones que se desarrollarán a continuación (en adelante, las “Bases”).

2) Participantes y Territorio:
Podrán participar del Concurso sin obligación de compra y en forma gratuita, todas las personas físicas mayores de dieciocho (18) años (en adelante, el “Participante”) residentes en el territorio de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Territorio”).
No podrán participar de este Concurso los empleados ni personal directivo del Organizador y/o de sus empresas relacionadas, vinculadas, controlantes, controladas o sujetas a control común con el Organizador, las empresas contratadas por el Organizador para prestarle colaboración o servicios relacionados con el Concurso, sus empresas relacionadas, vinculadas, controladas o sujetas a control común con éstas, ni familiares de todos los anteriores hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

3) PerĂ­odo de ParticipaciĂłn:
Se podrá participar del Concurso desde el día 2 de mayo de 2024 a las 00:00 hs. hasta el día 22 de mayo de 2024 inclusive (en adelante, el “Período de Participación”).

4) Requisitos para participar del Sorteo:
Para participar del Concurso el Participante deberá: (i) ser usuario de Instagram y seguir a la cuenta de Coppel en Instagram “@coppelar”; (ii) darle “me gusta” al posteo de comunicación del sorteo que se publicará el 2° de mayo de 2024 en colaboración con el perfil del influencer @agusbattioni; (iii) comentar el posteo del sorteo. Los 4 comentarios que MENOS likes tengan, van a ser los ganadores.

Para participar de este Concurso no se requiere obligaciĂłn de compra alguna.

5) Mecánica de selección de los ganadores:
El presente Concurso tendrá cuatro (4) ganadores. La selección de los ganadores se realizará a través de la aplicación “Appsorteos” (https://app-sorteos.com/es/apps/sorteo-instagram), que funciona de la siguiente manera: (i) la aplicación enumera a cada uno de los usuarios que realizó el comentario en el posteo de Instagram; (ii) los ganadores se eligen de forma aleatoria con la ayuda de algoritmos informáticos frecuentemente actualizados; (iii) estos algoritmos están diseñados de tal manera que nadie, incluyendo el equipo de Appsorteos, podrá interferir o manipular los resultados del Concurso, arrojando un resultado al azar.

El sorteo se realizará el día 23 de mayo de 2024. Del sorteo surgirán los cuatro (4) potenciales ganadores titulares y dos (2) suplentes.

5.2 El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.

6) Premio:
Los premios (en adelante, los “Premios”) consisten en:

1er premio: SMART TV QLED 4K 65” TCL L65C645 - SKU 238376

2do premio: BICICLETA BKE 2129 MC TM NE BL- SKU 517241 + TERMO DISCOVERY SKU 602581 + MOCHILA SKU 322947DISCOVERY - SKU

3er premio: BAFLE PANACOM SP 3103 239291 + CELULAR MOTOROLA E22 32G NEGRO SKU 725722

4to premio: COMBO COCONUT AND ALMOND SKU 137138

La asignación de cada premio a los ganadores será por orden de sorteo, es decir, que el ganador 1 recibirá el primer premio que se detalla en las presentes Bases y Condiciones, así como el suplente 1 sería el ganador del premio en caso que este mismo no pueda ser adjudicado al ganador 1 y así sucesivamente.

7) Alcance del Premio:
Los Participantes que resulten ganadores del Concurso no podrán exigir en ningún caso el canje del Premio por dinero en efectivo. El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio que no se encuentre expresamente enumerado en estas Bases.

8) Probabilidad matemática:
La probabilidad matemática de resultar ganador del Concurso dependerá de la cantidad total de personas que participen, teniendo cada Participante una posibilidad sobre la cantidad total de Participantes. Es decir, si participarán 100 personas la probabilidad matemática de resultar ganador del Concurso sería de 1 sobre 100.

9) ComunicaciĂłn y entrega del Premio:
Con fecha 30 de mayo de 2024 Coppel publicará en su cuenta de Instagram “@coppelarg” en sus “Historias” el nombre de los Participantes que hubieran cumplido con los requisitos enunciados en la Cláusula 4 del presente y el resultado de los ganadores potenciales del Concurso a fin de informarle tal circunstancia.

A fin de gestionar la entrega del Premio, los potenciales ganadores deberán remitir por mensaje directo de Instagram –dentro de un (1) día hábil de recibida dicha comunicación- la siguiente información: (i) nombre y apellido, (ii) DNI, (iii) dirección de entrega del “Premio” de corresponder (iv) responder correctamente cuatro (4) de las (5) preguntas de cultura general que se le realizaran en ese momento.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos detallados dentro del plazo establecido hará perder al potencial ganador, de pleno derecho y en forma automática, su calidad de tal y nada podrá reclamar al Coppel con motivo o relación al Concurso.

Una vez adjudicado el Premio será entregado por Coppel en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles desde la finalización del Concurso en el domicilio que indique el ganador. A fin de recibir el Premio el ganador deberá acreditar su identidad mostrando su DNI, firmar el correspondiente recibo de entrega y una copia de estas Bases.

El Premio no adjudicado o adjudicado y no entregado por razones externas al Organizador permanecerá en poder de Coppel.

El costo del envío de los premios corre por cuenta del organizador del concurso para aquellos ganadores que residan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires.

Cualquier gasto adicional que se derive de la obtención y/o utilización del Premio o cualquier otro costo no previsto en estas Bases, no serán asumidos por el Coppel y será responsabilidad de los ganadores. La titularidad del Premio no puede cederse a ningún título. El pago de impuestos debidos y pagaderos, de existir alguno, sobre la base del valor del Premio, cargos y/o recargos aplicables al Premio, es de la exclusiva responsabilidad de los ganadores. Coppel no ofrece para los bienes y servicios que reciban los ganadores ninguna garantía adicional que la que brindan sus fabricantes y/ o importadores, a quienes deberán dirigirse los ganadores para cualquier reclamo por fallas de calidad y/o funcionamiento. Estas condiciones deberán ser expresamente aceptadas por los ganadores para poder obtener el Premio. Coppel no será responsable por daños o perjuicios que pudiese sufrir los ganadores, los acreedores o los terceros con motivo y/u ocasión de la participación en el Concurso y/o del uso del Premio declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los ganadores y/o acreedores y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante por el solo hecho de participar.

10) Imprevistos:
Cuando circunstancias no imputables a Coppel o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, Coppel podrá suspender, cancelar o modificar el Concurso, siendo tales circunstancias debidamente comunicadas al Participante.

11) Tratamiento de datos personales:
La participación en la Promoción importará la expresa autorización por parte de los Participantes al Organizador para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes, voz y datos personales de los Participantes en general y de los Ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.), con cualquier finalidad, incluyendo – sin limitación - durante el Plazo de Vigencia de la Promoción y hasta tres (3) años después de la finalización del mismo, sin restricción territorial alguna y sin que los Participantes tengan derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. A requerimiento del Organizador y como requisito de asignación de los Premios, los Potenciales Ganadores deberán firmar los instrumentos que el Organizador les requiera con relación a la autorización establecida en este punto.Asimismo, autoriza la recolección y utilización de éstos para las gestiones a realizar en el marco del Concurso. El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.

La provisión de los datos por parte de los Participantes es voluntaria pero es condición previa para participar en el Concurso. Los Participantes serán responsables de toda la información enviada.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo a efecto conforme lo establecido en el Artículo 14, Inciso 3 de la Ley Nº 25.326. A tal efecto deberá ingresar en Coppel.com.ar

La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

12) Consentimiento:
La participación en el Concurso implica la aceptación de estas Bases y cualquier modificación sobre ellas que sea comunicada por los mismos medios indicados en la Cláusula 13, así como de las decisiones que adopte Coppel sobre cualquier cuestión no prevista aquí, siempre que estas últimas se ajusten al régimen legal vigente.

13) DifusiĂłn:
Se podrán consultar las Bases desde el 2 de mayo de 2024 hasta el 22 de mayo de 2024 inclusive, en: https://www.coppel.com.ar/bases-y-condiciones-sorteos/.

14) Ley aplicable:
La interpretación, validez y cumplimiento de estas Bases y de los derechos y deberes emergentes de ellas, se regirá por las leyes de la República Argentina.

15) Misceláneas:
La red social Instagram no tiene intervención ni responsabilidad alguna en la organización de la Promoción. En consecuencia, Instagram no será responsable del cumplimiento de los compromisos que asume el Organizador en estas Bases y los Potenciales Ganadores deberán reclamar la entrega de los Premios exclusivamente al Organizador.